Tenga en cuenta que para realizar el trámite se le solicitará la siguiente documentación:
- Titulo Justificativo Ocupación del Nuevo Local: Contratos y/o boletos sellados en ARBA y firmas certificadas DEL LOCADOR Y LOCATARIO ANTE ESCRIBANO O ENTIDAD BANCARIA. En caso de ser propietarios del local, presentar la escritura correspondiente. En caso de existir condóminos, presentar consentimiento de los mismos con firmas certificadas de igual manera.
- C.U.I.T. / MONOTRIBUTO / AUTONOMO: Inscripción (Constancia activo en web) y último pago / Resp. inscriptos, Socio Gerente, Presidente o Responsable.
- DDJJ Tasa Variable: solo en casos de Resp. Inscriptos en CUIT.
- Inscripción en IIBB: del rubro y en el nuevo domicilio a habilitar.
- Certificado Habilitación con Domicilio Anterior.
- Certificado de libre deuda alimentaria.
Una vez ingresada la solicitud la Dirección de Habilitaciones informará la factibilidad y el monto a abonar de acuerdo a la información aportada. Para finalizar el trámite se le solicitará acercarse a las oficinas PERSONALMENTE con los ORIGINALES de los documentos cargados a través de esta Web, a fin de realizar el pago correspondiente.
Realizado el pago y corroborada la documentación original, se incorporan al expediente. Cumplidos todos los requisitos, se realiza la inspección final donde se aprueban los aspectos físicos y edilicios, y la inspección bromatológica si fuera el caso. En caso de aprobación, se realiza la Resolución de Habilitación y se entrega el correspondiente Certificado de Habilitación.-
La iniciación y pago del trámite NO implica la tácita habilitación, la misma está sujeta a la aprobación final y a la entrega del certificado de habilitación.
Costos:
El importe a abonar es el 50% del valor de la habilitación.
Duración:
Las habilitaciones se extienden por el período que abarca el contrato de locación o comodato, que deberán ser los prescriptos por el Código Civil y Comercial, atento a ser ésta una norma de orden público.