Tenga en cuenta que para realizar el trámite se le solicitará la siguiente documentación:
- Título Justificativo Ocupación Local (*): Contratos y/o boletos sellados en ARBA y firmas certificadas DEL LOCADOR Y LOCATARIO ANTE ESCRIBANO O ENTIDAD BANCARIA. En caso de ser propietarios del local, presentar la escritura correspondiente. En caso de existir condóminos, presentar consentimiento de los mismos con firmas certificadas de igual manera. Si el local pertenece a una propiedad horizontal deberá presentar Reglamento de Copropiedad que permita el uso. deseado, ocupación de espacio público si fuera el caso, etc.
- C.U.I.T. / Monotributo/ Autónomo: Inscripción (Constancia activo en web) y último pago / Resp. inscriptos, Socio Gerente, Presidente o Responsable
- Inscripción en Ingresos Brutos: Del rubro y en el domicilio a habilitar
- DNI del Titular: En caso de personas jurídicas, presentar estatuto social, acta de asamblea y acta de designación de autoridades vigentes.- En caso de apoderados, poder para actuar.-
- DDJJ Tasa Variable: solo en casos de Resp. Inscriptos en CUIT
Una vez ingresada la solicitud la Dirección de Habilitaciones informará la factibilidad y el monto a abonar de acuerdo a la información aportada. Para finalizar el trámite se le solicitará acercarse a las oficinas PERSONALMENTE con los ORIGINALES de los documentos cargados a través de esta Web, a fin de realizar el pago correspondiente. Realizado el pago y corroborada la documentación original, se incorporan al expediente. Cumplidos todos los requisitos, se realiza la inspección final donde se aprueban los aspectos físicos y edilicios, y la inspección bromatológica si fuera el caso. En caso de aprobación, se realiza la Resolución de Habilitación y se entrega el correspondiente Certificado de Habilitación.-
La iniciación y pago del trámite NO implica la tácita habilitación, la misma está sujeta a la aprobación final y a la entrega del certificado de habilitación.
Costos:
Las habilitaciones abonan una tasa de habilitación que depende de tres factores: la actividad a desarrollar, la zona donde se encuentra el local físico y la superficie del mismo.
Otras tasas a abonar si el habilitante es monotributista son las de:
- Seguridad (8% del monto de la habilitación)
- Salud (16% del monto de la habilitación)
- Antecedentes
- Inicio de expediente (10 módulos)
- Discapacidad (0.5 módulos)
En el caso de Responsable Inscripto, se abona la Tasa Variable de acuerdo a la facturación presentada según DDJJ.
Duración:
Las habilitaciones se extienden por el período que abarca el contrato de locación o comodato, que deberán ser los prescriptos por el Código Civil y Comercial (3 años) atento a ser ésta una norma de orden público En el caso de ser propietarios del inmueble, la habilitación no tiene caducidad si no se cambia el rubro. En ese caso deberá realizarse una nueva habilitación que tampoco caducará, sin perjuicio de que el Municipio solicite actualizaciones de datos periódicamente cada cinco años.